CABA | Esta mañana, el Gobierno Nacional dio a conocer una batería de medidas que regirán a partir del viernes 24 de septiembre en todo el país y que tienen que ver con la flexibilización de las medidas vigentes por la pandemia de coronavirus.
A partir de esa fecha se levantará la obligatoriedad de uso de tapaboca al aire libre, cuando se circule en forma individual. Continúa siendo obligatoria en lugares cerrados como aulas, cine, teatro, ámbitos de trabajo, transporte público, espectáculos y eventos masivos; y al aire libre cuando hay aglomerados de personas.
Las reuniones sociales serán sin límites de personas, siempre y cuando cumplan las medidas de prevención, tapabocas, distancia y ventilación.
Aforo del 100 por ciento en actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales en lugares cerrados manteniendo las medidas de prevención, tapaboca, distancia y ventilación.
Se autorizarán los viajes de jubilados, egresados, y estudiantes o similares, siguiendo los protocolos recomendados.
Autorizarán la apertura de discotecas con aforo del 50 por ciento, con esquema completo de vacuna (14 días previos al evento). Esta es la actividad de mayor riesgo, teniendo en cuenta la variante Delta.
Se habilitarán salones de fiestas, bailes o actividades similares, para personas que acrediten esquema completo de vacuna (14 días previos al evento) o una dosis más test diagnostico (PCR o Antígeno) negativo dentro de las 48 horas previas al evento. Protocolo especial para las fiestas de 15 o para menores de 17 años mientras avance la vacunación en los adolescentes.
Se permitirán eventos masivos de más de mil personas a partir del 1 de octubre, con aforo del 50 por ciento, y se trabajará con los actores involucrados el protocolo específico en relación a los requisitos.
A partir del 24 de septiembre regirá la eliminación del aislamiento a argentinos, residentes y extranjeros que vengan por trabajo y estén autorizados por la autoridad migratoria.
A partir del 1 de octubre se autorizará el ingreso de extranjeros de países limítrofes sin aislamiento. Apertura de fronteras terrestres a pedido de gobernadores (con corredores seguros aprobados por la autoridad sanitaria con cupo definido por la capacidad de cada jurisdicción).
Entre el 1 de octubre y 1 de noviembre se incrementará el cupo de ingreso progresivo en todos los corredores seguros, aeropuertos puertos y terrestres.
A partir del 1 de noviembre se autoriza ingreso de todos los extranjeros, al que se le solicitará para el ingreso al país:
– Esquema de vacunación completo, con fecha de última aplicación por lo menos 14 días previos al arribo al país.
– Test de PCR negativa en las 72 horas previas al embarque, o antígeno en el punto de ingreso hasta que defina la autoridad sanitaria
– Test de PCR al día 5 a 7 del arribo hasta que lo defina la autoridad sanitaria
Aquellas personas que no presenten esquema de vacunación completo incluyendo los menores, deberán realizar cuarentena, test de antígeno al ingreso, y test de PCR al día 7.
Al momento de alcanzar el 50 por ciento de la población completamente vacunada, se dejará de realizar test de antígeno al ingreso (salvo los no vacunados) y PCR al día 5-7 y se podrá levantar el cupo. Ya de esta manera se minimiza el impacto del aumento de hospitalizaciones y muertes.