San Vicente .: Todos los edificios de uso público deberán contar con al menos un cambiador para bebés en baños de hombres y mujeres, según establece la ordenanza que está en estudio en la Comisión de Hacienda y Legislación del HCD sanvicentino. La medida es para edificios privados y públicos. En caso de no colocar el cambiador en baños, deberán destinar un lugar específico para cumplir con la ordenanza.
El proyecto había sido presentado por el concejal de UNA Gastón Lodigiani durante la última sesión ordinaria, ante la “inexistencia” de una reglamentación en ámbitos de baños públicos sobre cambiadores de bebés.
La ordenanza 6.591 señaló que es fundamental que las madres, padres y tutores cuenten con un espacio donde atender a sus hijos en forma “segura e higiénica”. Para ello, Lodigiani propuso que la presencia de cambiadores en baños de hombres y mujeres, o en un lugar específico para tal fin, sea un “requisito” para habilitación de espacios.
Esta medida aplicará a comercios, terminales de ómnibus, salones de fiestas, dependencias públicas municipales, centros culturales y todos los establecimientos que agrupen gran cantidad de personas.
Para aquellos locales que estén ya habilitados en la promulgación de la ordenanza, deberán adecuar sus instalaciones en el plazo de un año.